
El Ministerio Público presentó ante los jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el recurso de apelación contra la sentencia que descargó a procesados por la venta ilegal de los terrenos del sector Los Tres Brazos.
El órgano acusador presentó su recurso de apelación a la decisión que en 2024 descargó a los encartados Leoncio Almánzar Objío, exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde); Juana Ynés Gómez Williams, Lisetel González Sánchez, Manuel Joaquín Aybar Ferrando, Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, Carlos Aris Gómez Williams, Irving José Cruz Crespo y Julio César Gómez Williams.
La apelación, también, fue presentada contra las razones sociales Proyecciones Inmobiliarias Gowi, S.R.L. representada por la señora Juana Ynés Gómez Williams; Inversiones Fernández Parache (Infepa), representada por Carlos Aris Gómez Williams, y Tekknowlogic Dominicana, S.R.L., representada por Julio César Gómez Williams, así como la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde).
La sentencia fue recurrida por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público; la procuradora de corte Rosa Pichardo y los fiscales José Miguel Marmolejos y Wagner Cubilete.
El grupo junto a otros acusados fue procesado por desfalcar al Estado con la venta ilegal de cuatro millones de metros cuadrados de terreno, un fraude con el que tenían la expectativa de ganar unos 5 mil millones de pesos.
Los jueces de la corte, integrada por Ysis Muñiz (presidenta), Teófilo Andújar y Milagros Ramírez Cabrera (miembros), aplazaron la audiencia para emitir el fallo el jueves 10 septiembre, a las 11:00 de la mañana.
“En el día de hoy el Ministerio Público cumplió con presentar el recurso de apelación contra la extinción del proceso penal”, dijo la procuradora de corte Rosa Pichardo tras concluir la audiencia.
El recurso fue presentado ante el tribunal de alzada contra la sentencia penal 941-2024-SSEN-00082, del 22 de abril de 2024, emitida por el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, integrado por los jueces Keila S. Pérez Santana (presidenta), Elías Santini Perera (sustituto de la presidenta) y Arisleida Méndez Batista (miembro), quienes declararon la extinción de la acción penal por vencimiento de plazo máximo de duración del proceso en favor de los encartados.
La decisión fue apelada al establecerse que se hizo una errónea aplicación de las leyes, que no se corresponde con la acusación formulada ni con las pruebas aportadas al tribunal, por lo que el Ministerio Público dijo esperar que se revoque la decisión que declaró la extinción penal del proceso y que se ordene la continuación del juicio seguido contra los acusados.
Sobre el caso
Los involucrados en la trama enajenaban propiedades del Estado dominicano y conminaban a los moradores del popular sector de Santo Domingo Este a comprar los predios en los que llevaban décadas viviendo.
La acusación indica que los citados funcionarios se coludieron entre sí para violar el ordenamiento jurídico constitucional y legal a fin de desfalcar al Estado.
El caso recibió la calificación jurídica de violación a los artículos 59, 60, 265, 266, 166, 171, 175 y 405 del Código Penal Dominicano y la Ley 346-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas.





















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