
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró que la propina obligatoria que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las vendió (take out o delivery). (Seguir leyendo…)




















