
Desde el primero de julio las entidades de intermediación financiera (EIF) dominicanas pueden proveer de productos y servicios financieros a venezolanos que viven en el país cuyos pasaportes hayan expirado. Así lo dejó establecido la Superintendencia de Bancos (SB) mediante la Circular SB: No.012/21. (Seguir leyendo…)




















