
Desde ya los usuarios de los servicios de courier, es decir, las personas físicas o jurídicas que utilicen estas empresas y que no estén registrados como importadores formales, deben registrarse ante la Dirección General de Aduanas (DGA). Este nuevo proceso se da a propósito de la aplicación de la Ley 30-26 de Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional. (Sigue leyendo…)



















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