El informe favorable con modificaciones rendido por la Comisión Especial de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios de la Cámara de Diputados sobre el Proyecto de Ley General de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios de la República Dominicana indica en el artículo 10 párrafo único que los propietarios de viviendas solo podrán cobrar un depósito a sus inquilinos. (Seguir leyendo…)