Bueeeno! Si el aborto es terapéutico no vas pa´ la cárcel (RD)

La Cámara de Diputados aprobó en dos lecturas la
modificación al Código Penal Dominicano, el cual tiene dentro de sus puntos
principales el castigo al aborto.

La nueva pieza establece que las mujeres que incurran en esta
práctica serán castigadas con dos o tres años de prisión, pero condenará con
hasta 10 años a parteras, médicos, farmacéuticos, enfermeras y otros
profesionales del área que ayuden a causar uno haciendo uso de su oficio.

La nueva regla explica que en caso que la mujer muera a
manos de uno de ellos, podría recibir entre 20 y 30 años de cárcel.

Establece, además, que no será castigado el aborto cuando el
profesional de la medicina determine y demuestre que la madre o el bebé está en
peligro de muerte y deba salvar a uno de los dos.

Asesinatos y Corrupción

En la modificación al nuevo Código Penal Dominicano,
especialmente el artículo 15, se  aumentó
la pena de prisión mayor de 30 a 40 años por hechos de sangre, principalmente
el sicariato y el secuestro.

La nueva ley indica que en los casos de corrupción los
responsables deben pagar entre 10 y 20 años tras las rejas.

Condena además con cuatro hasta diez años tras las rejas por
violencia intrafamiliar o doméstica.

El punto más importante de este nuevo código radica en que
ahora es posible el cumulo de penas como lo hacen otros países. El artículo 39
dice que el cúmulo puede llegar hasta 60 años de prisión. Ej. Si robabas un
vehículo y manejando este chocabas a una persona quitándole la vida, solamente
te juzgaban por el delito mayor, que era la muerte, ahora te agregarían el
cargo por robo también.

La nueva pieza, que fue aprobada por los diputados con 122
votos a favor y tres en contra, está a la espera de la aceptación del Senado y
la promulgación del Gobierno.

Aborto

Foto: www.taringa.net

Noticias RD

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