República Dominicana.–La extinción de la acción penal es la finalización de un proceso judicial debido a que no se ha conocido en el plazo máximo de cuatro años que se ha establecido en el Código Procesal Penal Dominicano. (Sigue leyendo aquí…)
República Dominicana.–La extinción de la acción penal es la finalización de un proceso judicial debido a que no se ha conocido en el plazo máximo de cuatro años que se ha establecido en el Código Procesal Penal Dominicano. (Sigue leyendo aquí…)