“Autorizar la expedición de Cédulas de Identidad a todas las personas menores de edad, a partir de los doce (12) años cumplidos, la cual será expedida conforme las condiciones que la Junta Central Electoral establezca para esos fines y las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Régimen Electoral”, cita la resolución. (Seguir leyendo…)
