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Suspensión laboral no significa cancelación


La suspensión laboral por una causa de fuerza mayor está prevista en el código laboral. Se realiza cuando existe una situación que no permite la producción normal de trabajo. Más bien se permite el trabajo remoto y si no se puede ejercer el trabajo remotamente entonces aplica la suspensión con disfrute de sueldo. (Seguir leyendo…)

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